Italia – Beneficios Sociales por Maternidad

Desde el lunes 11 de mayo, quienes residen en Italia y han tenido un hijo en 2015, podrá solicitar al Estado una contribución de hasta 160 euros por mes. Este beneficio se extiende a muchas familias inmigrantes.

Lorenzo Melis

Mediante una circular emitida por el Instituto Nacional de Previsión Social italiano INPS, se explican todos los detalles relativos a las características del beneficio y quienes son los destinatarios, como así también la modalidad para la presentación de las solicitudes, que ya están abiertas.

Beneficiarios de subsidio por maternidad en Italia

El beneficio está dirigido a las familias, que tienen un indicador de la situación económica equivalente (ISEE), de hasta 25.000 euro anuales y en las cuales ha nacido o han adoptado un niño desde 1 de enero de 2015. Durante tres años después del nacimiento o adopción, se pagara una asignación mensual de 80 euro, que puede llegar a 160 euro, cuando el ISEE no exceda de 7.000 euro anuales.

Pueden solicitar esta asignación, las madres o padres de bebés italianos, de la Unión Europea o ciudadanos de terceros países, pero en este ultimo caso sólo bajo ciertas condiciones. Por ahora, de hecho y a pesar de las normas europeas, Italia ha decidido reservar la contribución, a los ciudadanos extranjeros que tienen permisos para residentes de larga duración de la UE, la llamada Carta di Soggiorno y para los extranjeros que tengan reconocido el estatus de refugiados políticos o protección subsidiaria.

Requisitos para el subsidio por maternidad en Italia

Los requisitos anteriormente citados, han dejado fuera de este beneficio a la gran mayoría de los inmigrantes, que cuentan con un normal Permiso de residencia. Esta exclusión resulta ilegal, según las Directivas europeas, que prevalecen sobre la legislación italiana y de hecho, prevén la prestaciones sociales para un sector más amplio de extranjeros que tienen derecho a la igualdad de trato con los italianos.

Es así que para los familiares no comunitarios de los ciudadanos italianos o residentes de otros países de la UE que residen en Italia, los titulares de la tarjeta azul UE y para los titulares de un permiso de residencia que permiten trabajar en Italia, como el permiso de trabajo o que por razones familiares. Estos son sin duda los más numerosos entre los excluidos.

Existen tres posibilidades para realizar la solicitud del beneficio: consultar a un patronato (donde también es posible realizar el ISEE), llamar al Centro de Contacto INPS, realizar todo en línea a través del sitio del INPS, para lo cual es necesario contar con el PIN emitido por el mismo organismo.

Dentro de los 90 días del nacimiento o adopción, podrá realizarse la solicitud, pero dado el retraso en la publicación del Reglamento, para los niños nacidos o adoptados entre el 1 de enero y el 27 de abril 2015 habrá tiempo hasta el 27 de julio de 2015. En caso de retraso en la presentación de la solicitud, no se podrá beneficiar de la ayuda completa, solo de los meses sucesivos a la presentación de la solicitud.

Otros beneficios sociales por maternidad en Italia

Otro beneficio disponible para las nuevas madres, que quieren (o tienen) que volver al trabajo lo antes posible, ahora pueden contar con ayuda adicional. Se trata de una ayuda económica de hasta 600 euros por mes, pagados por el Estado por un máximo de hasta seis meses.

El objetivo es poder cubrir el costo de cuidados de niños, sea por medio de una baby sitter o un asilo materno infantil. Para poder beneficiar de esta ayuda, deben renunciar a la cantidad de meses equivalentes de «licencia parental», el período de licencia opcional del trabajo reconocidas a los trabajadores cuando se termina la obligatoria después del parto.
Las trabajadoras italianas o extranjeras, del sector público o privado (con exclusión de las trabajadoras domésticas, cuidadoras y niñeras) y por un máximo de tres meses, las para-subordinadas o autónomas inscritas en el INPS.

La solicitud puede presentarse, solo si se encuentran todavía dentro de los once meses siguientes al final del período de permiso de maternidad obligatorio. También serán aceptadas las trabajadoras a tiempo parcial, pero el monto de la contribución, serán proporcional a las horas de trabajo.

Una vez aceptada la solicitud, el beneficio varía en función del tipo de servicio que se debe pagar. Jardines de infantes públicos y privados en convención, cobran la contribución directamente del Estado. Para pagar la niñera, que, por supuesto, tendrá que ser contratada legalmente, las madres recibirán del INPS, bonos por un importe igual a la contribución.
La presentación de las solicitudes se abrió el 16 de diciembre de 2014 y continuarán hasta 31 de diciembre de 2015. El beneficio será otorgado en el orden de presentación, hasta terminar con los fondos disponibles.

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