Como ya he publicado en otros post anteriores, el ingreso de personas extranjeras en Italia, que no pertenecen a la Comunidad Europea, esta regulado por medio un Decreto de Flujo de Inmigrantes, que es publicado periódicamente y que establece los limites máximos de personas que pueden entrar en territorio italiano con el fin de desarrollar actividades de distinta índole, trabajo, estudio, actividades profesionales, etc.

Recientemente ha sido publicado un Decreto de la Presidencia del Consejo de Ministros, que establece el ingreso de deportistas profesionales, que pueden entrar en Italia a fin de ofrecer sus servicios en las diferentes actividades atléticas a nivel profesional de alto nivel en las distintas Sociedades Deportivas Nacionales, con un regular contrato de trabajo subordinado o autónomo.
Para la estación 2014/2015 se ha establecido un limite máximo de 1190 profesionales del deporte extranjeros. Mediante la publicación de una circular, el Comité Olímpico Nacional Italiano (CONI), ha comunicado en detalle los pormenores referentes a los Permisos de Residencia en Italia, contratos y características de los mismos, como así también al modo en que pueden ser requeridos.
En este limite de 1190 personas, se incluyen los deportistas que ya se encuentran en Italia por otros motivos, trabajo, estudio, familia con un regular Permiso de Residencia o Permesso di Soggiorno y soliciten la inscripción al CONI o a al FSN (Federazione Sportiva Nazionale), como así también de aquellos que se encuentran en su país de origen u otros países extra Unión Europea. El limite no es aplicable en el caso de entrenadores y preparadores atléticos, ni en el caso de aquellos profesionales que ya están desarrollando actividades y han sido confirmados con un nuevo contrato.
Las Sociedades Deportivas italianas que estén interesadas en contratar a un atleta extranjero, deberán presentar una propuesta de Contrato de Permanencia en Italia por deporte a la FSN, quien la transmitirá al CONI, que a su vez se ocupara de gestionar el Permiso Especial o Nulla Osta a favor de la persona indicada.
El deportista, una vez convocado, deberá entrar en Italia y presentarse dentro los 8 días sucesivos al Sportello Unico Immigrazione competente, quien le hará firmar un Contrato de Permanencia, solicitar el Código Fiscal y los formularios relativos a la solicitud de un Permiso de Permanecía por deporte.
En el caso de menores de edad, cuya edad no puede ser inferior a 15 años y deben haber completado el ciclo de instrucción obligatoria, sera necesaria una autorización de la Dirección Territorial del Empleo competente.
En el caso de deportistas que deseen desarrollar actividades profesionales deportivas de tipo autónomo, deberán obtener la autorización del CONI, como así también el Permiso Especial de las autoridades competentes, donde se indicaran la actividad deportiva y la Sociedad donde estas se llevaran a cabo.