En post anteriores hice referencia a distintos beneficios para inmigrantes que residen legalmente en Italia, entre ellos una Carta Social, el beneficio por maternidad y ayuda para los primeros años de vida de los niños nacidos en Italia, la educación garantizada, como así también la asistencia sanitaria.

En este post haré referencia a un nuevo beneficio, que ya está previsto en la Ley de Estabilidad del 2016, del 28 de diciembre de 2015 con nro 208 publicada en la Gazzetta Ufficiale 302 de 30 de Diciembre 2015 y que ya entró en vigor el 1 de enero de 2016, que trata específicamente de nuevas disposiciones relativas a los extranjeros que residen en Italia con regular Permesso di Soggiorno y nuevas ayudas a las familias de inmigrantes.
En el Artículo nro 1 párrafo 391 se cita:
A partir del año 2016 entra en vigor la Family Card, destinado a familias constituidas de ciudadanos italianos o extranjeros que residan legalmente en el territorio italiano, con al menos tres hijos a su cargo. La tarjeta sera expedida a las familias que lo soliciten, mediante el pago de la totalidad de los gastos de emisión, con criterios y métodos que se establecerán de acuerdo a la situación patrimonial, aquí denominada ISEE, por decreto del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en consulta con el Ministro de economía y Finanzas y el Ministro de desarrollo económico, que se emitirán dentro de los tres meses siguientes a la fecha de entrada en vigor de la presente Ley.
La tarjeta le da acceso a descuentos en la compra de bienes o servicios mediante reducciones tarifarias concedidas por entidades públicas o privadas que deseen contribuir a la iniciativa. Los entes que participan en la iniciativa, que otorgan descuentos o reducciones mayores de las habituales en el mercado, podrán mejorar su participación en la iniciativa con fines de promoción y publicidad. La Carta Famiglia es emitida por los municipios y comunas, los que certifican el estado de la familia en el momento de la emisión y la duración de dos años a partir de la fecha de emisión. La Family Card Nacional, sirve también a la creación de uno o más grupos de compra familiar o grupos de compra solidaria nacionales, así como beneficiar de billetes y abonos familiares para el transporte, cultura, deportes, recreación, turismo y de otro tipo.

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Según se puede leer en la Gazzetta Ufficiale, el Decreto del 3 de Febrero de 2016, no cambian las ayudas que brindan las comunas italianas como Asignaciones familiares para familias numerosas, ni la Asignación por maternidad, para las familias tanto italianas como extranjeras que se encuentren en dificultades económicas. En cuanto durante el año 2015 no se han registrado variaciones en precios y costos de la vida en Italia y dado que las prestaciones sociales, se rigen por las ya citadas variaciones.
Subsidio por maternidad
El subsidio por maternidad para este año, destinados a las nuevas madres, sea por parto, adopción o asignación pre adopción, que se han verificado en el ultimo año, corresponde a un importe máximo de 338,89 euro al mes, durante cinco meses. En este caso, el rédito minimo o la situacion patrimonial del grupo familiar (aquí denominado ISEE), para poder acceder al beneficio debe ser de 16,954.95 euro anuales.
Este subsidio, podrá ser solicitado por ciudadanos italianos, o provenientes de países de la Unión Europea o que no pertenezcan la CE, que ya no estén percibiendo algún otro beneficios de sostén.
Para poder acceder al beneficio, sera necesario presentar la solicitud en el Comune o municipio de residencia dentro de los seis meses del nacimiento o la entrada efectiva del menor en la familia.
Subsidio para familias numerosas
En el caso del subsidio destinado a las familias numerosas en Italia, esta dirigido a las familias con al menos tres hijos menores de edad, a quienes se les asigna un beneficio por un importe máximo de 141,30 euro por mes, durante 13 meses. En este caso se considera un rédito minimo o ISEE de 8,555.99 euro al año.
Las familias puede estar compuesto por ciudadanos italianos, de la UE o de otros países fuera de la Comunidad Europea. Para acceder al beneficio, es necesario presentar la solicitud en el Comune de residencia, antes del 31 de enero del año siguiente a aquel para el que solicita la compensación.
Para tener en cuenta: En el caso de los ciudadanos extranjeros no comunitarios, El Instituto Nacional de Previsión Social (INPS), que es el organismo que paga las asignaciones, solicita el correspondiente Permiso de Residencia Europeo o Carta di Soggiorno para residentes de larga duración. En estos casos, hay que considerar que existe ya una directiva europea y que se aplica (2011/98) por medio de la cual se extiende este tipo de subsidios a todos los extranjeros que posean un regular Permiso de Residencia en Italia, válido para trabajar. Considerando esa directiva, se puede presentar en todos los casos la solicitud del subsidio, pero si el INPS decide de rechazarla, sera necesario recurrir a los tribunales para hacer valer este derecho.