En otros post precedentes me he referido a la reagrupación familiar de inmigrantes en Italia a las características y los requisitos necesarios, para poder solicitar la reunificación del grupo familiar de un inmigrante en Italia. A continuación algunas informaciones sobre otros requisitos que resultan importantes, por no decir indispensables, a los fines de poder completar el tramite sin sorpresas ni dificultades.

Requisitos para la reunificación familiar en Italia
Alojamiento idoneo
A los efectos de la reagrupación familiar, en Italia el alojamiento deben cumplir con las normas de higiene establecidas en el Decreto del 5 de julio 1975, del Ministerio de Salud. Para lo cual es necesario el certificado de idoneidad del alojamiento, como se evidencia por la circular del Ministerio del Interior n. 7170/2009.
En función del tipo de habitación y la cantidad de personas para las que desea enviar la solicitud, de la autorización especial para la reagrupación familiar, se solicita un tamaño mínimo de la propiedad, cuya dimensión se indica en el metros cuadrados.
En el caso de un apartamento mono ambiente (muy populares en Italia y sobre todo en las grandes ciudades), es decir que el alojamiento dispone de una habitación única y demás dependencias. Si el extranjero tiene la intención de solicitar la reagrupación con una sola persona, esta propiedad puede ser adecuada si tiene una superficie mínima total de 38 metros cuadrados, incluyendo el baño. La altura mínima del edificio debe ser de 2,70 metros (2,55 metros para los sitios de vivienda en la montaña).
En el caso de un piso de dos o mas ambientes o una casa independiente, la dimensión mínima solicitada, en estos casos, cambia de acuerdo con el número de personas que se desea alojar en la misma.
- 2 habitantes: 28 metros cuadrados
- 3 habitantes: 42 metros cuadrados
- 4 habitantes: 56 metros cuadrados
Por cada habitante que se agregue, se requieren otros 10 metros cuadrados. Por ejemplo, para 5 personas: 66 metros cuadrados; para 6 habitantes de 76 metros cuadrados y así sucesivamente.
Además, se puede solicitar la reagrupación familiar, incluso si el solicitante y la familia demuestran que habitan en dos casas diferentes. La Circular 1575/2008 del Ministerio del Interior establece que el hecho de proporcionar alojamiento y vivienda adecuada a los familiares que se reunifican, se considera que se satisface, en caso de que se compruebe que el solicitante tiene intención de mudarse del edificio a la llegada de los miembros de la familia y en el caso en que el solicitante asegura a los familiares un hogar distinto del suyo.
Rédito minimo para la reagrupación familiar en Italia
Otro aspecto no menos importante, es el relacionado con la parte económica, es decir el ingreso mínimo necesario para garantizar la permanencia en Italia de los familiares que se desea reunificar.

Independientemente del tipo de trabajo que se realiza (por cuenta propia o dependiente), para cumplir con el requisito de rédito necesario para la extensión de un Permiso de residencia Unión Europea, para residente de larga duración (ex Carta di Soggiorno), el solicitante debe demostrar la disponibilidad de un ingreso no inferior al importe anual de la Asignación Familiar del año en curso (art. 9, párrafo 1, del Decreto Legislativo n. 286/98). Incluidos los ingresos de las pensiones (invalidez, por ejemplo), deberá indicarse en la solicitud y servirán como agregado.
En caso de que la solicitud incluya al núcleo familiar con que convive, el rédito requerido debe ser proporcional al número de familiares declarados a cargo. Es posible agregar una combinación de ingresos con los miembros de la familia que viven en Italia y que residen legalmente. El cálculo es el mismo que para la reunificación familiar. Si la solicitud se realiza para 2 o más hijos menores de 14 años de edad, el ingreso debe ser el doble de la Asignación Familiar.
Para 2015, el importe anual de la Asignación Familiar es de 5.830,76 Euro. Esto significa que si el inmigrante presenta la solicitud sólo para sí mismo, tendrá que demostrar que tiene un ingreso anual bruto, igual o superior a la cifra indicada de 5.830,76 Euro, que proviene de fuentes legítimas. Si la solicitud se extiende también a los familiares a cargo, el cálculo del rédito bruto anual es este:
- Solicitante y 1 familiar: 8.746,14 Euro
- Solicitante y 2 familiares: 11.661,52 Euro
- Solicitante y 3 familiares: 14.576,90 Euro
- Solicitante y 4 familiares: 17.492,28 Euro
- Solicitante y dos o más hijos menores de 14 años: 11.661,52 Euro
- Solicitante y dos o más hijos menores de 14 años mas un familiar: 14.576,90 Euro
A la solicitud se deberá adjuntar también copia de la declaración de impuestos o CUD (Certificado Unico Dependiente) del año anterior, como prueba de que los ingresos del año anterior eran iguales o incluso mayores, dependiendo del caso, a la Asignación Familiar para ese año (Art. 16, párrafo 3, letra b. Decreto Nº 394/99).
Se recuerda que en el momento de presentar la solicitud de este Permiso de residencia en Italia, el solicitante debe haber superado la prueba de italiano o poseer un título reconocido de lengua italiana. Se debe adjuntar una copia de los antecedentes penales y los cargos pendientes. El Permiso de residencia en Italia que posee, debe ser válido en el momento de la solicitud y si también hay miembros de la familia en la solicitud, hay que adjuntar una copia del certificado de idoneidad de la vivienda.